PRIMERO: LA HOMOLOGACIÓN del desistimiento efectuado por la abogada en ejercicio MONICA GOVEA, en su condición de apoderada judicial de la sociedad mercantil CARGILL DE VENEZUELA, S.R.L., en el procedimiento contra Providencia Administrativa no. 00273/16 dictada por la Inspectoría del Trabajo Sede "General Rafael Urdaneta" del Municipio San Francisco del Estado Zulia, de fecha 19 de mayo de 2016, y notificado en fecha 31 de mayo de 2016, en el procedimiento de desmejora interpuesto por el ciudadano ANDY ANDRÉS ANDRADE CUBILLAN, en contra de la recurrente, sociedad mercantil CARGILL DE VENEZUELA, S.R.L.
SEGUNDO: Dada la naturaleza de la decisión no hay condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.-