Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por PARTICIÓN DE COMUNIDAD incoaran los ciudadanos JESÚS AMADO LABARCA, RUPERTO ANTONIO LABARCA, RICARDO SEGUNDO LABARCA en contra de la ciudadana SONIA DEL CARMEN LABARCA, con fundamento en el Artículo 777 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Quedan emplazadas las partes para el DÉCIMO (10°) día de despacho, a las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM.), luego de haber quedado firme el presente fallo, a los fines de llevar a cabo el nombramiento del PARTIDOR para la correspondiente división del bien inmueble, situado en el Barrio El Manzanillo, Avenida 25, con Calle 17, Casa N° 25-31, en jurisdicción de la Parroquia Francisco Ochoa del Municipio San Francisco de.....