DECISION
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL, contraído por los ciudadanos, GLENDA JOSEFINA FONSECA GUILLEN y WILLIAM JOSE PARRA SOTO, en fecha cinco (05) de Marzo de mil novecientos noventa y ocho (1998), por ante el Prefecto y Secretario de la Parroquia El Bajo del Municipio San Francisco del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 15, acompañada a los autos en copia certificada.-
Se ordena Oficiar al Prefecto de la Parroquia El Bajo del Municipio San Francisco del Estado Zulia, así como al Registro Principal del Estado Zulia, a objeto de que estampe la Nota Marginal correspondiente.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales pre.....