Por los fundamentos de Derecho antes expuestos esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: INADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN DE AUTOS, interpuesto por los profesionales del derecho LIYITH JULIO y ADRIEL BECERRA, inscritos bajo el Inpreabogado N° 139.427; 294.030, respectivamente, en su carácter de defensores del ciudadano GUSTAVO DAVID SARCOS ROJAS, titular de la cedula de identidad N° 31.327.318; contra la decisión N° 709-2023, de fecha 05 de Diciembre de 2023, dictada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia Estadal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
Publíquese, regístrese en el libro respectivo, déjese copia certificada en archivo y remítase la presente causa en la oportunidad legal correspondiente, al Juzgado Undécimo (11º) de Primera Instancia Estadal de Control con Competen.....