En consecuencia, por los fundamentos ya expuestos, éste JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando como primera instancia; según Resolución N° 2009-0006 de la Sala Plena del Supremo Tribunal, dictada en fecha 18 de Marzo de 2.009, donde se modificó a Nivel Nacional las competencias de los Juzgados, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus RESTITUTO ANTONIO TORREALBA CATARI, ya identificado, a la ciudadana JUANA EVANGELISTA RODRIGUEZ viuda de TORREALBA, titular de la cédula de identidad número V-6.675.072, en su condición de esposa y los ciudadanos LEON EUSTORGIO TORREALBA RODRIGUEZ, MARCOLINA EVANGELISTA TORREALBA de PULGAR, LEIDA COROMOTO TORREALBA RODRIGUEZ, RUBEN DARIO TORREALBA RODRIGUEZ, ERNESTO JOSÉ TORREALBA RODRIGUEZ, DOMINGA LUCILIA TORREALBA RODRIGUEZ y BELKIS JOSEFINA TORREALB.....