DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del Derecho CARLOS JUAN PEÑA VASQUEZ, en su carácter de defensor del ciudadano MARIO ALBERTO VILLALOBOS CUBILLAN, contra la sentencia N° 035-11, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de fecha 11 de Agosto de 2011, publicada en su texto íntegro en fecha 28 de Septiembre de 2011, en el juicio seguido al ciudadano MARIO ALBERTO VILLALOBOS CUBILLAN, en la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Contra el Tráfico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio del Es.....