En fuerza de los fundamentos que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA PERIMIDO el presente juicio que por ACCIDENTE DE TRÁNSITO sigue la ciudadana HALLEN HAROLYN HAY ASSANG, venezolana, titular de la cédula de identidad No. 1.647.472, asistida por el abogado en ejercicio Alessandro Nanino, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 91.347 contra el ciudadano ENRIQUE JOSÉ SEMPRÚM RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 11.259.895, y de este domicilio, y en contra de la sociedad mercantil SEGUROS LA PREVISORA, C.A., con domicilio en la ciudad de Caracas, en consecuencia:
PRIMERO: Se declara EXTINGUIDA la presente instancia.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, por expresa disposición del artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regís.....