Por los fundamentos antes expuesto, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA POR PENA CUMPLIDA favor del penado JOSE DOMINGO FERNANDEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal en concordancia con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Ofíciese a todos los organismos policiales del Estado Zulia a los fines de que excluyan de pantalla al mencionado penado, pásese por Autoridad de Cosa Juzgada la presente causa y remítase al Archivo Judicial. Publíquese, Regístrese, Notifíquese