Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, la solicitud de divorcio por mutuo consentimiento sentencia No. 693/15 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 02/06/2015, presentada por los ciudadanos JOSE ANTONIO ROBLES GONZALEZ y YOANNA KARINA FUENMAYOR DE ROBLES, titulares de la cedula de identidad No. V-10.409.253 y V- 11.295.878, respectivamente, asistidos por el abogado HUMBERTO LINARES BRACHO, inscrito en el INPREABOGADO No. 47.866, en consecuencia se declara disuelto en divorcio, el vinculo matrimonial que contrajeran en fecha dos de junio del año 1995, por ante la primera autoridad civil de la Parroquia Raul Leoni municipio Maracaibo estado Zulia, acta No. 176.-.....