Por los fundamentos expuestos este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la demanda de NULIDAD DE VENTA, seguido por los ciudadanos JESUS HERRERA MACHADO y GRISELL CRISTINA HERRERA MACHADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 17.086.221 y 14.278.186, respectivamente; contra los ciudadanos IRMA HERRERA MORAN DE BRITO, ODOARDO IGNACIO BRITO HERRERA, IMRA MORAN (viuda) de HERRERA y EDUARDO HERRERA MORAN, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.666.507, V-17.270.604, E-309.773 y V-7.827.714, respectivamente, se declara:
1°) CON LUGAR la INHIBICIÓN para conocer del recurso de apelación ejercido en contra de la sentencia dictada en fecha diecinueve (19) de julio de dos mil dieciocho (2018), dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y.....