III
DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
a) HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO AL PROCEDIMIENTO, en el juicio de NULIDAD DE CONTRATO seguido por los ciudadanos JUHAD MEZHER MEZHER y AMIRA MEZHER MEZHER, en contra de los ciudadanos OMAR MEZHER MEZHER y WEIRU HO NG, plenamente identificados , pasándolo en autoridad de cosa juzgada.
b) Se suspende la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en fecha 25 de junio de 2018, y participada al Registro Publico de los Municipios Santa Rita, Cabimas y Simón Bolívar del Estado Zulia mediante oficio de fecha 18 de Julio de 2018 signado con el No. 38626-308-18. Se ordena oficiar al mencionado Registro a fin de hacerle la debida participación sobre la suspensión. Líbrese.....