Este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: Medida de Embargo Preventivo sobre los bienes muebles propiedad de la parte demandada, Sociedad Mercantil BOBINAS SANTA ROSA, C.A., emplazada en la persona de su Presidente ciudadano UBALDO JOSE ANGULO LEÓN, hasta cubrir la cantidad de NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON VEINTICUATRO CÉNTIMOS (Bs. 92.884,24), que es el doble de la suma demandada, y en caso de que la ejecución recaiga sobre cantidades líquidas de dinero el monto de la medida se reducirá a la cantidad SESENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES BOLÍVARES CON DIECIOCHO CÉNTIMOS (69.963,18) que comprende la suma demandada más el cincuenta por ciento (50%) de la aludida cantidad.
Se ordena librar exhorto y oficiar a los Juzgados Ejecutores de medidas de l.....