PARTE DISPOSITIVA
En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de invalidación interpuesto por la COOPERATIVA VISON FRESS R.S., en contra de la decisión dictada en fecha 10 de marzo de 2008 por este Tribunal Primero de Primera de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia con sede en Cabimas, en el asunto signado bajo el Nro. Nro. VP21-L-2008-0000039, en la cual se declaró CON LUGAR la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales interpuesto la ciudadana ROHAMNA MAGDELIN RODRÍGUEZ MEJIA en contra de la COOPERATIVA VISON FREES R.S., en tal sentido se anula y se ordena, de confor.....