IIII- PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO intentó La Sociedad Mercantil LA CASA ELECTRICA C.A., domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, constituida por ante la secretaría del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, bajo el No.213, folios 262 y 263, en fecha 03 de julio de 1936, posteriormente registrada ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, expediente 1.306. y actuando como apoderada judicial de la misma y representada por la abogada en ejercicio ANA MORELLA GONZÁLEZ ELIZONDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.25......