declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A propuesta por los ciudadanos MARIA CONCEPCIÓN RONDON GONZALEZ y JESUS ALBERTO ORTIGOZA NIÑO, ambos ya identificados; y en consecuencia, disuelto el vínculo de matrimonio que ellos contrajeron el día siete (07) de diciembre de mil novecientos ochenta y uno (1981), por ante el Jefe Civil y Secretario, respectivamente, de la parroquia Cacique Mara del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, Acta Nº 1321.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los dieciséis (16) días del mes de noviembre del año 2017. Años: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
La Juez Provisoria,
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