En Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de cumplimiento del convenio resolutorio que suscribieran las partes, donde se resolvió el contrato de arrendamiento y el ciudadano WILLIAMS JOSE ARISTIMUÑO ESPINOZA acordó entregar a la Arrendadora el inmueble constituido por un Galpón Industrial con un área aproximada de trescientos metros cuadrados (300mts2) distinguido con el No.G-7 ubicado en el Parque Industrial Francisco Fajardo, Municipio García del Estado Nueva Esparta, el día 15 de enero de 2009.
SEGUNDO: En consecuencia de haber sido declarada CON LUGAR la demanda, se ordena la entrega a la actora, en forma inmediata, del inmueble constituido por un Galpón Industrial con un área aproximada de trescientos metros cuadrados (300mts2) distinguido con el No.G-7 ubicado en el Parque Industrial Francisco Fajardo, Municipio García del Estado Nueva Esparta, libre de bienes y personas.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada por .....