Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CÓMPUTO POR ACUMULACIÓN DE PENA, a favor del penado GEORGE ADEL LEÓN LEÓN, titular de la Cédula de Identidad N°. 17.295.944, venezolano, natural de Maracaibo ¿ Estado Zulia, de 21 años de edad, de fecha de nacimiento: 01-08-83, soltero, carpintero, hijo de Elizabeth León y de Adel Fa y domiciliado en Residencias Tía Lola, Av. Sabaneta Larga, Apto. 1-C, al lado de Comercial Sabelia, de esta Ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, de conformidad con lo dispuesto en el Segundo Aparte del Artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese la presente Resolución, publíquese, remítanse copias certificadas de la misma con oficio al Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo, a quien también se le .....