´Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, la solicitud de divorcio por mutuo consentimiento, en atención a la Sentencia No. 693/15 de fecha 02/06/2015 dictada por Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presentada por los ciudadanos JOSE LUIS VERGEL SERRANO y BEDA EVALINA HERNANDEZ DE VERGEL, titulares de la cedula de identidad No. V- 5.834.453 y V- 9.706.513, en consecuencia, SE DISUELVE EN DIVORCIO, el vínculo matrimonial que contrajeran en fecha 28 de julio de 1984, por ante el extinto Municipio Cacique Mara, Distrito Maracaibo Estado Zulia, acta No. 812, expedida por la autoridad referida, ASI SE DECIDE.-
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