Dispositiva. Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas y por Autoridad de la Ley Declara: Con Lugar, el recurso de apelación ejercido en fecha 02 de julio de 2024, por la abogada María Alejandra Quijada Quijada, actuando en su carácter de co-apoderada judicial de la parte accionante en el presente juicio, contra la decisión de fecha 27 de junio del 2024, proferida en el expediente N°: 16.498, de la nomenclatura interna del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En consecuencia, se Revoca, en todas sus partes la decisión recurrida y se Ordena, al Juez que corresponda se pronuncie sobre la admisión de la presente demanda previa verificación de los requisitos contemplados en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil; todo ello en el juicio de Retardo Procesal, incoado por la ciudada.....