PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN OFICIAL DEL ESTADO
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal Nº 1, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
A. CON LUGAR la solicitud de Divorcio basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos HELI SAUL SANCHEZ y GLENDA MARGARITA BARRANCO TORRES, antes identificados.
B. DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que contrajeron ante Matrimonio Civil por ante el Prefecto y Secretario de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día veinte (20) de Marzo de mil novecientos ochenta y nueve (1989), según acta de matrimonio Nº 327, expedida por la mencionada autoridad.
C. En cuanto a la patria potestad y la responsabilidad de crianza del adolescente CARLOS LUIS SANCHEZ BARRANCO, será ejercida por ambos padres y.....