Por los fundamentos expuestos, este Juzgado del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos MILAGROS DEL VALLE ESTRADA y JOSÉ GREGORIO MARÍN en fecha Trece (13) de Diciembre de Mil Novecientos Ochenta y Seis (1986), por ante la Prefectura del Distrito Lagunillas del Estado Zulia, hoy Municipio Lagunillas del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 277, acompañada a los autos en copia certificada.