En merito de las anteriores consideraciones, esta Jueza Primera de Primera Instancia para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Se ratifica la COLOCACIÓN FAMILIAR del adolescente IDENTIDAD OMITIDA de 12 años de edad, en el hogar de la ciudadana BIANEY JOSEFINA MARCANO DE CASTILLO de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 397-A y -C de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, quien será su REPRESENTANTE tanto en las Instituciones Educativas como de Salud del Estado Nueva Esparta y /o del País, ya sean públicas o privadas, asimismo, podrá viajar con el expresado adolescente dentro del País. Garantizándose de igual forma el contacto con la madre biológica quien podrá visitar a su hijo los fines de semana de 9:00 a las 11:00 d.....