Remitir copias de las actuaciones que conforman la investigación a la Fiscalía Cuadragésima Tercera del Ministerio Público de esta localidad, a los fines consiguientes, requiriendo igualmente, remita copia de las presentes actuaciones al Fiscal de Proceso correspondiente, a los fines de la apertura de la investigación en contra del ciudadano GUADALUPE MEDINA, por encontrarse involucrado en el delito de SIMULACION DE HECHO PUNIBLE, cometido en perjuicio de LA ADMINISTRACION PUBLICA", siendo, en consecuencia, por esta motivo que este Despacho amplía dicho auto, para subsanar la omisión involuntaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 176, primer aparte, del CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL, en concordancia con el artículo 193 eiusdem, instrumento jurídico aplicable en esta materia especial por remisión expresa del articulo 583 de la LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, con las siguientes acotaciones en cuanto a la decisión.