Este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO TRANSACCIONAL, en cuanto se refiere solamente a los siguientes conceptos: Prestaciones Sociales, Vacaciones y Bono Vacacional Vencido, Vacaciones y Bono Vacacional Fraccionados, Utilidades Vencidas 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014 y Utilidades Fraccionadas 2015, conceptos establecidos en el libelo de la demanda y que se dan por reproducidos en esta acta, impartiéndole el carácter de cosa Juzgada; se da por terminado el presente asunto y se ordena su archivo definitivo. Así se decide.
EL JUEZ
ABG. FEDERICO RODRIGUEZ PETIT.
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