Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, seguido por la ciudadana MARLENY JOSEFINA RANGEL, contra la ciudadana JENNY COROMOTO TOVILA JIMENEZ y en consecuencia el pago de las cuotas de cánones arrendamiento correspondiente a los meses de mayo, junio y julio de 2.007, a razón de DOSCIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs. 220,00), lo cual asciende a la cantidad de SEISCIENTOS SESENTA BOLIVARES (Bs. 660,00).
Se condena en costas a la parte demandada por haber sido vencida totalmente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-