Este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, dándole cumplimiento a la presente comisión, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE, los bienes muebles antes mencionados, señalados por la parte actora y avaluado por el Perito Designado, los cuales quedan en guarda y custodia del ciudadano OMER AÑEZ, antes identificado, como Depositario Judicial designado a solicitud de la parte actora según lo establecido en el articulo 545 del Código de Procedimiento Civil.