DEL DISPOSITIVO
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°) PRIMERO: SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 1º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, referente a la falta de competencia por la materia opuesta por el ciudadano Ángel Enrique Suarez Fernández, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad número 20.371.520, actuando en su condición de representante legal de la empresa Distribuidora y Transporte Quintero C.A., inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, el 27 de septiembre de 2013, bajo el número 28, Tomo 120-A, parte demandada en la causa.
2°) SEGUNDO:en relación a la cuestión previa contenida en el ordinal 2° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil,.....