V
DISPOSITIVO DEL FALLO.
Por los fundamentos ampliamente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en sede constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por la ciudadana LYDIA MELISSA DEL ROSARIO FANTI GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad No. V-17.151.193, con domicilio en la ciudad de Maracaibo, estado Zulia, asistida por el abogado en ejercicio JOSE ANTONIO GONZALEZ PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 29.657, actuando en nombre de su hija adolescente ORIANA ISABELLA CASTRO FANTI, venezolana, adolescente, titular de la cedula de identidad Nº V-33.322.571, intentada en contra del auto de fecha veintiocho (28) de mayo de 2024, emanado del Juzgado Décimo Tercero de Municipio Ordinario.....