En atención a lo anteriormente señalado, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley le imparte la HOMOLOGACIÓN al desistimiento planteado y declara:
PRIMERO: CONSUMADO el desistimiento del recurso de apelación interpuesto por el ciudadano JESÚS QUIJADA MATA, debidamente asistido por el abogado RENE GÓMEZ RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 18.026, parte demandada y apelante en el presente procedimiento, contra los autos de fecha 03-04-2012, cursantes a los folios 180 y 181; 182 y 183 y 198 del presente expediente, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, , mediante los cuales se declaró lo siguiente: 1) PARCIALMENTE CON LUGAR la oposición a la admisión de las pruebas formulada por el abogado .....