Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO Zulia, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
1) FIRME: el decreto de intimación dictado en fecha 26 de diciembre del 2013, con fuerza y autoridad de COSA JUZGADA.
2) En consecuencia, se ordena a la parte demandada MAIRIM DEL CARMEN MORALES CARRUCI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.738.253, de este domicilio, para que pague: 1) La cantidad de CIENTO DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 110.000,00) como capital de la deuda. 2) Con respecto a los Honorarios Profesionales solicitados, este Tribunal niega dicho pedimento por no estar permitida la acumulación de dos pretensiones que tienen procedimientos incompatibles,.....