DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos y que los mismos no son contrarios a la Ley, ni a las buenas costumbres y no alteran el orden público, y constatadas como han sido las facultades de los actuantes en la presente causa, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUSNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO JUDICIAL, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Homologada y consumada la Transacción celebrada entre las partes, dándole el carácter de cosa juzgada. Se da por terminado el presente juicio que por REIVINCACIÓN que sigue la sociedad mercantil THE NORDHAVN FUND CORPORATION domiciliada en las Islas Vírgenes Británicas y debidamente registrada en las Islas Vírgenes Británicas, bajo el IBC No. 494649, y debidamente apostillado en fecha doce (12) de septiembre de dos mil dos (2002)., contra los ciudadanos ERICK HERRERA, ENDRIC HER.....