IV. DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la cuestión previa relativa a la incompetencia por el Territorio; ordinal 1° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, alegada por el defensor Ad-Litem de la parte demanda en la presente causa.
SEGUNDO: COMPETENTE por el Territorio este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para conocer de la presente acción que por IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD incoada por la ciudadana MARIA LAURA CASTILLO LUGO, en contra del ciudadano EDGAR LUIS CASTILLO, ampliamente identificados en actas.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE .....