Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este Tribunal Octavo De Primera Instancia De Juicio Para El Nuevo Régimen Procesal Y Transitorio Del Circuito Judicial Laboral De La Circunscripción Judicial Del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
Primero: Sin Lugar la pretensión por indemnización por despido injustificado incoada por la ciudadana María Gracia Cruz Añez, en contra de la entidad de trabajo Compañía Nacional Teléfonos De Venezuela (CANTV), todos plenamente debidamente identificados en autos.
Segundo: No hay condenatoria en costas en virtud de lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Tercero: Notifíquese al Procurador General de la República de conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Decreto Con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General De La República. .....