DECLARA: CON LUGAR LA INHIBICIÓN propuesta por la abogada ZORAIDA FERNANDEZ ORELLANO, en su carácter de Juez Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Cabimas, fundamentada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 89 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 90 eiusdem, por considerarse incursa en dicha causal de inhibición, en la causa signada con el N° VP11-P-2013-005712, en contra de los ciudadanos NANCY MARGARITA CAMACHO PUCHE, TITO ANGEL DRAGO FUENMAYOR, NESTOR LUIS BRAVO GONZALEZ y JESUS ALBERTO ESPINOZA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, USO INDEBIDO DE ARMA DE REGLAMENTO y QUEBRANTAMENTO DE PRINCIPIOS, en perjuicio del ciudadano NERVI ALEXI TOVAR RIVAS (occiso)