Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, lo siguiente:
1. Se ordena agregar a las actas el escrito consignado, devolver el original del instrumento poder consignado a los efectos videndi, previa certificación en actas del mismo e igualmente devolver los documentos solicitados.
2. Se declara CONSUMADO el desistimiento efectuado por la representación judicial de la solicitante y le da el carácter de cosa juzgada.
3. Se ordena el archivo de las presentes actuaciones y su remisión al Archivo Judicial Regional.