Luego de una revisión al escrito de solicitud; observa el Tribunal que la abogada CIRA HERNANDEZ, previamente identificada y actuando con el carácter de autos, solicita el traslado y constitución del Tribunal en la sede donde se encuentran constituidas dos empresas con diferentes domicilios, lo cual imposibilita el traslado de los funcionarios del Tribunal, ya que tendrían que dirigirse simultáneamente a dos direcciones totalmente desiguales, por lo tanto considera este Juzgado que la solicitante ha debido realizar dos escrito distintos, requiriendo dichas inspecciones por separado, cada una dirigida al traslado y constitución del Tribunal en cada una de las sedes de las empresas a inspeccionar pero separadamente, en consecuencia, por los motivos antes señalados se niega la admisión de la presente solicitud de Inspección Judicial. Así se decide.-
Por todos los fundamentos expuestos este Juzgado Tercero de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscri.....