Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo dispuesto en el artículo 269 ejusdem DECLARA:
PRIMERO: PERIMIDA LA INSTANCIA en la presente solicitud de DIVORCIO conforme a lo establecido en el Artículo 185 A del Código Civil Venezolano, seguida por la ciudadana NAIYURI CAROLINA VILORIA NAVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 16.833.303, domiciliada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio NEIDA QUINTERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 163.342, en contra del ciudadano MIGUEL JOSÉ CORTÉZ CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identida.....