DISPOSITIVO
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°) CON LUGAR LA DEMANDA de Resolución de Contrato de Opción de Compra-Venta, interpuesta por el ciudadano ÁNGEL ALBERTO URDANETA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad V-1.667.626, en contra del ciudadano RAMÓN ANTONIO BAEZ WILLIAMS, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad número V-8.856.451;
2°) DECLARA RESUELTO el contrato de opción de compra-venta, suscrito en fecha 03 de noviembre de 2011 por ante la Notaría Pública Décima Primera de Maracaibo, bajo el N° 64, Tomo 123 de los Libros de Autenticaciones, entre los ciudadanos ÁNGEL ALBERTO URDANETA, venezolano, mayor de edad, portado de la cédula de identidad V-1.667.626, y el ciudadano RAMÓN ANTONIO BAEZ WILLIAMS, ven.....