Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR EL ARTÍCULO 185-A DEL CÓDIGO CIVIL, propuesta por los ciudadanos JAIME ENRIQUE VILLALOBOS MONTILLA y LISBETH JOSEFINA BARRIOS APONTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-9.773.438 y V-10.784.872, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Cabimas del Estado Zulia, asistidos por la Abogada en ejercicio IRIS VIVAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 25.456, en consecuencia queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL por ellos contraído el día 15 de Diciembre de 1.995, ante la Unidad de Registro Civil del Municipio Autónomo Lagunillas del Estado Zulia, dejándose expresa constancia que los ciudadanos antes identificados.....