Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación con competencia en Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONCEDE AUTORIZACION SUFICIENTE, a la ciudadana LIZKEILA BEATRIZ GUTIERREZ TORRES, venezolano (a), mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.839.050, en representación legal de su hija SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA LOPNNA, de 02 años de edad, para que reciba la cuota parte que le corresponde por concepto de prestaciones sociales, y otros conceptos laborales, producto de la relación laboral que tenia el ciudadano EDIXON JOSÉ COLMENARES GARFIDO, titular de la cedula de identidad Nº V-12.412.129como empleado en el Liceo Militar General Rafael Urdaneta, con el rango de Sargento Mayor de la Guardia Nacional y quien falleció Ab-Intestato en fecha 23 de Di.....