DISPOSITIVA
POR TODO LO ANTERIORMENTE EXPUESTO, ESTE JUZGADO SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION que fuera interpuesta por la Fiscalía tercera del Ministerio Publico, en contra del ciudadano: ALEXANDER DAVID PEÑARANDA por la presunta comisión del delito VIOLENCIA FISICA CON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES, previsto y sancionado en los artículos 42 en concordancia con el articulo 65 ordinal 3° de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana JOYCE SOTURNO de conformidad con lo establecido en el Artículo 313, ordinal 2 del CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL, por cumplir con los requisitos que exige el artículo 308 de la Norma Adjetiva Penal. .....