Por las consideraciones antes expuestas este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: 1.- HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, interpuesto Abogado Jorge Frank Villasmil, en su carácter de Apoderado Judicial del sociedad mercantil SALVADOR INSTITUTO DE BELLEZA LAGO MALL.