DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente acción de amparo constitucional intentada por el ciudadano MARIO PIMENTEL, en contra de la Sociedad Mercantil DIPROCHER OCCIDENTE C.A. Por lo que, SE LE ORDENA a la Sociedad Mercantil DIPROCHER OCCIDENTE C.A., CUMPLA con lo ordenado en la Providencia Administrativa Nº 191-2011, de fecha 19 de julio de 2011, emanada de la Inspectoría del Trabajo de Maracaibo, Estado Zulia, Expediente Nº 042-2011-01-00541, que declaró CON LUGAR la Solicitud por Reenganche y Pago de Salarios Caídos incoada por el ciudadano MARIO PIMENTEL., en las mismas condiciones en que se encontraba al momento del despido, cumplimiento que debe ser inmediato e in.....