En este estado el tribunal, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da cumplimiento a lo ordenado por el juzgado de la causa y ejecuta en este acto, la medida innominada, sobre las cantidades de dinero que ingresen y que tengan relación con el crédito relacionado con el Contrato 200005670, suscrito por la COOPERATIVA SOCIALISTA DE MANTENIMIENTO INDUSTRIAL R.S (COSMI) con la EMPRESA PRODUCTORA DE ALCOHOLES HDRATADOS C.A. (PRALCA, a favor de la cooperativa; e igualmente se le informa al notificado, que las cantidades de dinero objeto de la presente medida innominada, deberán ser remitidas en cheque de Gerencia a nombre del JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la ciudad de Cabimas al expediente Nro. 5848. En este estado, presente el ciudadano MARIA NAVA, antes identificado, expuso: Cumplo con informarle al Trib.....