REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT
DESPACHO DE MEDIDA Nº 5108
En horas de Despacho del día de hoy dieciséis ( 16 ) Mayo de dos mil once ( 2011 ), siendo las once y treinta minutos de la mañana, se traslado y constituyo el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, LAGUNILLAS, MIRANDA, VALMORE RODRIGUEZ, SIMON BOLIVAR Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA en la sede de la EMPRESA PRODUCTORA DE ALCOHOLES HDRATADOS C.A. (PRALCA), ubicada en el Municipio Santa Rita del estado Zulia, acompañado de la abogada, NINOSKA BERMUDEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro 60.516, en su condición de apoderada judicial de la parte actora, a objeto de ejecutar MEDIDA INNOMINADA, decretada por el JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la ciudad de Cabimas, en el juicio de NULIDAD DE ACTA seguido por la ciudadana BETTY BEATRIZ BERMUDEZ ROMERO contra las ciudadanas DALMIRA JOSEFINA NAVA DE MENDEZ, PETRA MARIA OLIVARES REYES Y ANA DALILA BARBOZA RUZ. En este estado el tribunal procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar, al ciudadano(a) Maria Nava titular de la cedula de identidad Nro 13.839.438, en su carácter de Analista de Asuntos Legales de la EMPRESA PRODUCTORA DE ALCOHOLES HDRATADOS C.A. (PRALCA), En este estado presente la apoderada judicial de la parte actora ya identificada, expone: Pido al tribunal se sirva ejecutar la medida innominada decretada por el juzgado de la causa, sobre las cantidades de dinero que ingresen y que tengan relación con el crédito relacionado con el Contrato 200005670, suscrito por la COOPERATIVA SOCIALISTA DE MANTENIMIENTO INDUSTRIAL R.S (COSMI) con la EMPRESA PRODUCTORA DE ALCOHOLES HDRATADOS C.A. (PRALCA, a favor de la cooperativa.