En virtud de la declaratoria precedentemente señalada, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto con fundamento en lo dispuesto en el artículo 447 los ordinal 5° del Código Orgánico Procesal Penal, el ciudadano HECTOR ALEXANDER MARTINEZ GUZMAN, titular de la cédula de identidad Nº 16.626.919, debidamente asistido por el Profesional del Derecho JOSE ALVARADO, en contra de la decisión dictada en fecha Treinta y un (31) de Marzo de dos mil once (2011), por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial, en el asunto principal Nº NP01-P-2011-001688, mediante el cual Negó la entrega del vehículo automotor de las siguientes características, TIPO SPORT WAGON, MARCA JEEP, MODELO GRAN CHEROKEE, AÑO 1995, SERIAL DE CARROCERÍA 8Y2GZ33YFSV0874, PLACAS 7.....