Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, la solicitud de divorcio por falta de afecto marital, en atención a la sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09/12/2016, No. 1070/16, instaurada por la ciudadana CAROL DAYANNA VALLADARES CARRILLO, titular de la cedula de identidad No. V-17.413.692, de este domicilio, asistida por la abogada en ejercicio NOHELY BEATRIZ RAMOS GONZALEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 182.879, en contra del ciudadano JOSE ANTONIO HERNANDEZ PETIT, titular de la cedula de identidad No. V-17.805.388, residencia actual República de Panamá, en consecuencia, se declara disuelto en divorcio, el vinculo matrimonial que contra.....