Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del articulo 60 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con las consideraciones precedentemente realizadas, se declara incompetente para conocer y decidir de la presente causa y en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil DECLINA SU COMPETENCIA, al Juzgado Superior Estadal de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, y se ordena remitir el presente expediente en forma original en su oportunidad, a objeto de que el mencionado Tribunal conozca de la causa.
Se deja expresa constancia que a partir de la publicaci.....