Es atendiendo a las consideraciones que anteceden, y con fundamento en las normas legales citadas, que este Tribunal, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud formulada por el abogado JOSÉ GREGORIO MARTÍNEZ MARCANO. En consecuencia de ello, se dictan los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se ordena el Depósito Necesario sobre los bienes muebles que se encuentran en el interior del inmueble que fue objeto de Desalojo en el juicio principal.
SEGUNDO: Se designa como Depositario a la Depositaria Judicial Monagas, C.A, la cual, previo el juramento de Ley de su representante, asumirá su encargo y previo un minucioso inventario los trasladará hasta sus instalaciones.
TERCERO: El depósito durará todo el tiempo que sea necesario para ello, hasta que así lo disponga el Tribunal, o hasta que el propietario de los mismos disponga su retiro; y...
CUARTO: Todos los gastos inherentes al depósito serán por cuenta del ciudadano .....