1) DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandada, contra la decisión de fecha 15 de febrero de 2012, dictado por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en consecuencia, con fuerza de cosa juzgada la sentencia recurrida.
2) SE CONDENA en costas procesales a la parte demandada recurrente de conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.